El gobierno argentino adoptó recientemente la Resolución N.° 458/2025 para actualizar la normativa sobre plaguicidas. Uno de los cambios fundamentales de la nueva normativa es permitir la importación de productos fitosanitarios ya aprobados en otros países. Si el país exportador cuenta con un sistema regulatorio equivalente, los plaguicidas pertinentes podrán ingresar al mercado argentino de conformidad con la declaración jurada. Esta medida acelerará significativamente la introducción de nuevas tecnologías y productos, mejorando la competitividad de Argentina en el mercado agrícola mundial.
Paraproductos pesticidasPara los productos que aún no se han comercializado en Argentina, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) puede otorgar un registro temporal de hasta dos años. Durante este período, las empresas deben completar estudios locales de eficacia y seguridad para garantizar que sus productos cumplan con los requisitos agropecuarios y ambientales de Argentina.
Las nuevas regulaciones también autorizan el uso experimental en las primeras etapas del desarrollo del producto, incluyendo ensayos de campo e invernadero. Las solicitudes pertinentes deben presentarse al Senasa con base en las nuevas normas técnicas. Además, los plaguicidas destinados exclusivamente a la exportación solo deben cumplir con los requisitos del país de destino y obtener la certificación del Senasa.
Ante la falta de datos locales en Argentina, el Senasa se basará temporalmente en los límites máximos de residuos (LMR) adoptados por el país de origen. Esta medida contribuye a reducir las barreras de acceso al mercado causadas por la falta de datos, garantizando al mismo tiempo la seguridad de los productos.
La Resolución 458/2025 sustituyó la normativa anterior e introdujo un sistema de autorización rápida basado en declaraciones. Tras presentar la declaración pertinente, la empresa quedará automáticamente autorizada y sujeta a inspecciones posteriores. Además, la nueva normativa también ha introducido los siguientes cambios importantes:
El Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA): Las nuevas regulaciones exigen que el envasado y el etiquetado de los productos plaguicidas cumplan con las normas del SGA para mejorar la coherencia global de las advertencias sobre los peligros químicos.
Registro Nacional de Productos Fitosanitarios: Los productos previamente registrados se incluirán automáticamente en este registro, y su vigencia es indefinida. Sin embargo, el Senasa podrá revocar el registro de un producto si se determina que representa un riesgo para la salud humana o el medio ambiente.
La implementación de las nuevas regulaciones ha sido ampliamente reconocida por las empresas de plaguicidas y las asociaciones agrícolas argentinas. El presidente de la Asociación de Comerciantes de Agroquímicos, Semillas y Afines de Buenos Aires (Cedasaba) afirmó que, anteriormente, el proceso de registro de plaguicidas era largo y engorroso, y solía demorar entre tres y cinco años, o incluso más. La implementación de las nuevas regulaciones reducirá significativamente el tiempo de registro y mejorará la eficiencia de la industria. Asimismo, enfatizó que la simplificación de los procedimientos no debe ir en detrimento de la supervisión, y que es necesario garantizar la calidad y la seguridad de los productos.
El director ejecutivo de la Cámara Argentina de Agroquímicos, Salud y Fertilizantes (Casafe) también señaló que la nueva normativa no solo mejoró el sistema de registro, sino que también mejoró la competitividad de la producción agrícola mediante procesos digitales, trámites simplificados y la dependencia de los sistemas regulatorios de países con alta regulación. Considera que esta transformación ayudará a acelerar la introducción de tecnologías innovadoras y promoverá el desarrollo sostenible de la agricultura argentina.
Hora de publicación: 14 de julio de 2025